El fenómeno del mobbing o acoso inmobiliario aumenta cada año de la mano de la especulación y afecta de manera especial a los inquilinos de avanzada edad que viven en inmuebles de renta antigua, en muchos casos inferior a los 100 euros mensuales. Esta modalidad de mobbing no es nueva en nuestro país ni fuera de él. La Ley de reforma del Código Penal de 1995, que entró en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 23 de junio de 2010, tipifica como delito el acoso inmobiliario las conductas acosadoras en el ámbito de la vivienda, dada su proliferación en la última década. Este tipo de comportamientos de propietarios hacia arrendatarios habían carecido de sanciones legales hasta la fecha. Sin embargo, distintas sentencias judiciales contra el también llamado mobbing inmobiliario han manifestado la necesidad de una regulación penal específica para luchar contra ellas.