El Consejo Real de Castilla ha atraído el interés de los historiadores por representar el antecedente remoto del aparato administrativo contemporáneo y una cierta noción ideal de eficacia jurisdiccional ayudada por sus atribuciones legislativas, y en su interpretación ha predominado una perspectiva histórico-jurídica. Sin embargo, tal formalidad jurídica se limitaba a dar contenido a un ejercicio de transposición de las decisiones gubernativas originadas en el ámbito reservado del rey y extendidas al espacio circundante. Mediante la celebración de las Consultas de los Viernes con el rey y en su antecámara, y la aplicación de las decisiones resultantes en los reinos de Castilla, el Consejo contribuía a la cohesión de un espacio único extendido hasta sus propios límites, de naturaleza cortesana. Con tal ejercicio el Consejo transmitía las obligaciones del rey como paterfamilias y difundía un modo de gobierno de matriz doméstica que se constituía en lecho transversal entre las diferentes circunscripciones jurisdiccionales. Esta forma de gobierno tuvo una lenta maduración a lo largo de las Edades Media y Moderna y fue un eficaz instrumento a ojos de Felipe de Anjou para asimilar el espacio territorial fiel a su rival por el trono hispano, por lo que el control de los reinos de la Corona de Aragón consistió fundamentalmente en la ampliación de los límites alcanzados en su tarea por el Consejo Real, coincidentes hasta entonces con los de Castilla. Con ello tomaba forma una realidad territorial administrativamente unificada, más allá de la mera acumulación de títulos en la persona real. El espacio resultante fue la plataforma sobre la que, en el siglo XIX, se desarrolló la transformación liberal, una vez reemplazada la legitimidad de orden dinástico por la emanada de la Soberanía Nacional. El Consejo fue así agente de un largo proceso de prolongación de factores de orden 'oeconomico' que derivaron en la administración contemporánea y contribuyeron a la conformación de una entidad territorial antecedente del espacio sobre el que se articuló el Estado Liberal.
El Consejo Real de Castilla ha atraído el interés de los historiadores por representar el antecedente remoto del aparato administrativo contemporáneo y una cierta noción ideal de eficacia jurisdiccional ayudada por sus atribuciones legislativas, y en su interpretación ha predominado una perspectiva histórico-jurídica. Sin embargo, tal formalidad jurídica se limitaba a dar contenido a un ejercicio de transposición de las decisiones gubernativas originadas en el ámbito reservado del rey y extendidas al espacio circundante. Mediante la celebración de las Consultas de los Viernes con el rey y en su antecámara, y la aplicación de las decisiones resultantes en los reinos de Castilla, el Consejo contribuía a la cohesión de un espacio único extendido hasta sus propios límites, de naturaleza cortesana.
Con tal ejercicio el Consejo transmitía las obligaciones del rey como paterfamilias y difundía un modo de gobierno de matriz doméstica que se constituía en lecho transversal entre las diferentes circunscripciones jurisdiccionales. Esta forma de gobierno tuvo una lenta maduración a lo largo de las Edades Media y Moderna y fue un eficaz instrumento a ojos de Felipe de Anjou para asimilar el espacio territorial fiel a su rival por el trono hispano, por lo que el control de los reinos de la Corona de Aragón consistió fundamentalmente en la ampliación de los límites alcanzados en su tarea por el Consejo Real, coincidentes hasta entonces con los de Castilla. Con ello tomaba forma una realidad territorial administrativamente unificada, más allá de la mera acumulación de títulos en la persona real.
El espacio resultante fue la plataforma sobre la que, en el siglo XIX, se desarrolló la transformación liberal, una vez reemplazada la legitimidad de orden dinástico por la emanada de la Soberanía Nacional. El Consejo fue así agente de un largo proceso de prolongación de factores de orden 'oeconomico' que derivaron en la administración contemporánea y contribuyeron a la conformación de una entidad territorial antecedente del espacio sobre el que se articuló el Estado Liberal.